El 20 de mayo se publicó en el Diario Oficial el Decreto 125/014, de 7 de mayo de 2014, por el cual se establece un nuevo marco normativo para la industria de la construcción en seguridad e higiene. Se derogan los Decretos N° 89/995, 53/996, 76/996, 82/996 y 179/001 a partir del 18 de agosto de 2014.
Sin embargo, algunas normas ya se encuentran en vigor: como por el artículo 365, relativo al suministro a los trabajadores ropa de trabajo de acuerdo a lo establecido por los Convenios Colectivos de la rama. La composición de los equipos y la frecuencia de su entrega se ajustará a lo previsto en el Convenio y guardarán las siguientes características:
a) Serán adecuadas a la talla del trabajador, cómodas para el normal desarrollo de la tarea, teniendo en cuenta que su diseño no debe implicar riesgos adicionales.
b) El material con el cual se confeccionen será el adecuado a las condiciones climáticas del período en que se entregan.
c) Serán de uso individual no transferibles.
d) Cuando la ropa se dañe con motivo del trabajo, el empleador deberá reponer sin costo para el trabajador únicamente la prenda o prendas deterioradas.
Ver también: Decreto 127/014 – Modificación 2019